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Guía técnica · Impuestos especiales

SILICIE: qué es, quién está obligado y qué pasa si no lo presentas.

Escrita desde el lado del que la implementa, no del que la asesora. Si llevas un establecimiento con CAE y la contabilidad de existencias se te ha convertido en un problema, aquí está lo que necesitas saber antes de llamar a nadie.

En corto

  • SILICIE obliga a llevar la contabilidad de existencias por medios electrónicos y enviarla a la Agencia Tributaria.
  • La obligación va ligada a la figura del establecimiento (fábrica, depósito fiscal, almacén fiscal, depósito de recepción, fábrica de vinagre), no al tamaño de la empresa.
  • El plazo general es de veinticuatro horas hábiles desde el movimiento. Hay un régimen opcional de cinco días para quien lleva su contabilidad en un sistema informático propio y se acoge a él.
  • Se puede presentar por servicio web con certificado digital, sin entrar en la sede electrónica.
  • SILICIE y el Modelo 573 son obligaciones distintas que salen de los mismos datos. El 573 se liquida por meses naturales y se presenta en los veinte primeros días del mes siguiente.

¿Qué es SILICIE?

SILICIE es el sistema de llevanza de la contabilidad de los Impuestos Especiales de Fabricación a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Obliga a determinados establecimientos con Código de Actividad y Establecimiento a llevar la contabilidad de existencias por medios electrónicos y a suministrar los asientos a la Agencia Tributaria, en lugar de mantener los antiguos libros habilitados en papel.

¿A qué establecimientos afecta SILICIE?

Afecta a los establecimientos inscritos en el registro territorial con Código de Actividad y Establecimiento. La obligación va ligada al tipo de autorización que consta en el CAE, no al tamaño de la empresa: no hay umbral de facturación, de litros ni de empleados. Qué figura lleva libros y cuál no, caso por caso (estanco, almacén fiscal, detallista, depósito de recepción), está desarrollado en la guía de quién está obligado a SILICIE.

¿En qué plazo hay que suministrar los asientos?

Con carácter general, los asientos contables deben suministrarse dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes al movimiento, operación o proceso que documentan (artículo 5.1 de la Orden HAC/998/2019). Existe un régimen opcional: quien lleve la contabilidad en un sistema informático propio y se acoja al artículo 6 dispone de cinco días hábiles desde que la operación queda registrada en ese sistema. La opción se ejerce por vía electrónica antes del inicio del año natural y hay que mantenerla al menos ese año. Además hay supuestos con plazos propios —asiento de apertura, operaciones agregadas, hidrocarburos, gas natural—, así que conviene comprobar el caso concreto.

¿Qué pasa si no presento los asientos o los presento tarde?

El incumplimiento del suministro de la contabilidad de existencias puede constituir infracción tributaria. No te voy a dar aquí importes ni límites: el régimen aplicable depende del incumplimiento concreto y es materia de tu asesor. La consecuencia práctica que sí se ve es un requerimiento de la Agencia Tributaria que obliga a reconstruir la contabilidad del ejercicio, que cuesta mucho más tiempo que llevarla al día.

¿Se puede presentar SILICIE sin entrar en la sede electrónica?

Sí. La Agencia Tributaria publica servicios web para SILICIE que permiten dar de alta, consultar y anular asientos desde tu propio software, autenticándose con certificado digital. Es la vía habitual cuando el volumen de movimientos hace inviable teclear o subir ficheros a mano.

¿Qué es el Modelo 573 y en qué se diferencia de SILICIE?

Son dos obligaciones distintas que se alimentan de los mismos datos. SILICIE es la contabilidad de existencias: qué ha entrado, qué ha salido y en qué régimen. El Modelo 573 es la autoliquidación del impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos de nicotina: cuánto se debe pagar. El período de liquidación es el mes natural y se presenta en los veinte primeros días naturales del mes siguiente (artículo 2.3 de la Orden HAC/86/2025). Si la contabilidad no cuadra, la autoliquidación sale mal.

¿Por qué es tan fácil pagar de más en el Modelo 573?

Porque hay que distinguir el producto que ya tiene el impuesto devengado del que sigue en régimen suspensivo. Si al calcular la salida no se consume primero el stock por el que ya se pagó, se tributa dos veces por el mismo producto. Ese control exige seguir las existencias por capa impositiva, no solo el total de unidades.

¿En qué unidades se declara?

En las mismas en las que trabajas: la base imponible se expresa en mililitros para los líquidos de cigarrillos electrónicos y en gramos de peso total para las bolsas y otros productos de nicotina (artículo 64 sexies.1 de la Ley 38/1992). No hay que convertir a litros ni a kilogramos. Lo que sí exige cuidado es el redondeo y que la cantidad declarada cuadre exactamente con la contabilidad de existencias.

¿Cuánto se paga por cada tipo de producto?

El impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos de nicotina se estructura por epígrafes. Comprueba siempre el tipo vigente en la fuente oficial antes de liquidar: la norma es reciente y ha tenido modificaciones.

EpígrafeProductoTipo
L1Líquido para cigarrillos electrónicos sin nicotina, o con 15 mg de nicotina o menos por mililitro0,15 € por mililitro
L2Líquido para cigarrillos electrónicos con más de 15 mg de nicotina por mililitro0,20 € por mililitro
L3Bolsas de nicotina0,10 € por gramo
L4Otros productos de nicotina0,10 € por gramo

Los cinco descuadres que más se repiten

Esto no sale en la normativa. Sale de depurar envíos contra el servicio real de la Agencia Tributaria hasta que dejan de rechazarse.

01El asiento se rechaza al enviarlo y no queda claro por qué

Los servicios web devuelven un código de error sobre la estructura del mensaje, no sobre el contenido fiscal. Suele apuntar a un campo obligatorio ausente o a un elemento colocado donde no corresponde.

02Los litros declarados no coinciden con los del almacén

Conversión de mililitros a litros con menos decimales de los admitidos, o redondeo aplicado en cada línea en lugar de sobre el total.

03Sale a pagar más de lo esperado en el Modelo 573

Las salidas están consumiendo stock en régimen suspensivo cuando había existencias con el impuesto ya devengado. Es doble tributación sobre el mismo producto.

04Una devolución o reintroducción se rechaza

Estos movimientos requieren referenciar el asiento original ya aceptado. Si se envían en el mismo lote que el asiento al que hacen referencia, el sistema no lo encuentra.

05Aparecen asientos en la Agencia Tributaria que no están en tu contabilidad

Envíos duplicados por reintentos, o anulaciones que generan su propia anotación. Solo se detecta cruzando lo declarado contra lo local.

¿Tienes un requerimiento encima de la mesa?

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