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Guía · Impuestos especiales · Bodegas

SILICIE para bodegas: la obligación existe aunque el vino tribute a cero

Que el vino pague cero euros de impuesto especial no significa que una bodega esté fuera de SILICIE. Está dentro, y con un matiz que en la provincia de Cádiz cambia todo: el Jerez, la Manzanilla y los generosos no son «vino» para Hacienda, son productos intermedios, con tipo positivo y sin las facilidades del vino. Aquí tienes la obligación explicada con los artículos delante, y qué parte de esto se resuelve con software.

En corto

  • Una bodega autorizada como elaborador de vino es una fábrica a efectos de impuestos especiales y está obligada a SILICIE. Lo dice la AEAT tal cual, y el tipo cero del vino no la exime.
  • El CAE lo delata: los caracteres octavo y noveno de un elaborador de vino son «V1».
  • Jerez, Manzanilla y vinos generosos llevan alcohol añadido, así que no cumplen la definición legal de vino (alcohol íntegramente de fermentación). Son productos intermedios: 38,48 €/hl hasta 15 % vol y 64,13 €/hl por encima.
  • Plazo general: 24 horas hábiles por asiento. Con sistema informático propio, 5 días hábiles si se opta antes de empezar el año. Por debajo de 100.000 litros hay régimen semestral y opción de libros en papel.
  • Mientras el vino tribute a cero, la elaboración de vino y mosto puede ir en un único asiento mensual agregado. Esa facilidad no menciona a los productos intermedios.
  • SILICIE es un solo sistema para todos los impuestos especiales de fabricación: el servicio web con el que presentamos líquidos de vapeo es el mismo para una bodega. Cambian los códigos de producto, las unidades y las reglas de cada impuesto.

Antes de seguir

No somos asesoría fiscal: somos el equipo de desarrollo que implementa la obligación. Lo que leas aquí es un resumen para entender el problema, no criterio fiscal, y está verificado contra la Orden HAC/998/2019 consolidada, la Ley 38/1992 (arts. 27, 30, 31 y 34) y la FAQ de la AEAT para elaboradores de vino a fecha de la última revisión. La calificación de tus productos y la configuración de tu CAE las decide tu asesor con la oficina gestora.

Sí, una bodega lleva SILICIE aunque el vino tribute a tipo cero

Esta es la confusión más cara del sector, así que va primero y con la fuente delante. La Ley 38/1992 fija en su artículo 30 un tipo de cero euros por hectolitro para vinos tranquilos, vinos espumosos y bebidas fermentadas. De ahí muchos deducen que, si no hay cuota, no hay obligación contable. No es así.

La obligación de SILICIE no nace del tipo impositivo, nace de la autorización del establecimiento. La Orden HAC/998/2019, en su artículo 2, obliga a los titulares de fábricas, depósitos fiscales, depósitos de recepción, almacenes fiscales y fábricas de vinagre. Y la propia AEAT, en su FAQ para elaboradores de vino, lo resuelve en una frase: «Un establecimiento autorizado como elaborador de vino es una fábrica y, por consiguiente, está obligado al SILICIE, salvo que esté autorizado a la llevanza de la contabilidad de Impuestos Especiales mediante libros foliados en soporte papel».

Dicho de otra forma: tu bodega tiene un CAE de fábrica, y una fábrica lleva SILICIE. Que la cuota resultante sea cero no cambia qué eres.

El CAE lo dice: caracteres octavo y noveno «V1»

No hace falta interpretar nada para saber si esto te afecta. El código de actividad y establecimiento identifica la actividad en sus caracteres octavo y noveno, y para un establecimiento autorizado como elaborador de vino esos caracteres son «V1». Si en tu CAE aparece V1, eres fábrica de vino y estás en el artículo 2 de la Orden.

Lo que sí conviene revisar con la oficina gestora es qué actividades tiene registradas tu establecimiento, porque en muchas bodegas de la provincia conviven dos productos que Hacienda trata de forma distinta. De eso va el siguiente punto.

Jerez, Manzanilla y generosos no son «vino» para Hacienda: son productos intermedios

Aquí está el matiz que separa una bodega de Cádiz de una bodega de Rioja, y el que más disgustos da en una inspección.

El artículo 27 de la Ley 38/1992 solo considera vino tranquilo al producto con grado adquirido entre 1,2 y 15 % vol «siempre que el alcohol contenido en el producto acabado proceda en su totalidad de fermentación», o entre 15 y 18 % vol si además se ha obtenido «sin ningún aumento artificial de su graduación». Un fino, una manzanilla, un amontillado, un oloroso o un Pedro Ximénez se encabezan: se les añade alcohol vínico. Ese alcohol no procede de la fermentación del propio producto, así que no cumplen la definición.

¿Dónde caen entonces? En el artículo 31: son productos intermedios «todos los productos con un grado alcohólico volumétrico adquirido superior a 1,2 % vol., e inferior o igual a 22 % vol., clasificados en los códigos NC 2204, 2205 y 2206, y que no estén comprendidos dentro del ámbito objetivo del Impuesto sobre la Cerveza, ni en el del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas».

Y los productos intermedios sí tributan. El artículo 34 fija, en Península, 38,48 euros por hectolitro para los que no superan el 15 % vol y 64,13 euros por hectolitro para los demás. Un oloroso a 18 % está en el tramo alto.

La consecuencia práctica es que una bodega del Marco puede tener dos regímenes bajo el mismo techo: el mosto y el vino base, a tipo cero y con las facilidades del vino; y el producto encabezado, con cuota positiva, devengo en cada salida a consumo y sin esas facilidades. La contabilidad de existencias tiene que separarlos desde el primer asiento, no reconstruirlos después.

Los plazos: 24 horas hábiles, 5 días con sistema propio, o dos veces al año si eres pequeño

El plazo general es el del artículo 5.1 de la Orden: el suministro de cada asiento «deberá realizarse dentro de las veinticuatro horas hábiles siguientes al momento de producirse el movimiento». Para una bodega en vendimia, eso es cada entrada de uva, cada trasiego que cambie de establecimiento, cada salida.

Hay dos vías para aflojar ese ritmo, y las dos exigen decisión previa:

La primera es el artículo 6. Si llevas la contabilidad en un sistema informático propio, puedes optar por suministrar los asientos «en el plazo de cinco días hábiles». La opción se ejerce antes de empezar el año al que se aplica; no se puede activar a mitad de campaña porque se te acumulan.

La segunda es solo para elaboradores pequeños. Según la FAQ de la AEAT, un elaborador de vino que no supere los 100.000 litros anuales, sumando todos sus establecimientos y contando el año natural anterior, y que lleve la contabilidad en un sistema informático, tiene como plazos de suministro el último día hábil de agosto y el último día hábil de diciembre. Dos envíos al año. Y por el artículo 13.1 de la Orden, ese mismo elaborador, igual que los destiladores artesanales, puede pedir a la oficina gestora llevar la contabilidad en libros foliados en papel.

Ojo con el umbral: se mide en litros de vino producidos, no en litros de producto intermedio ni en facturación.

Qué se asienta en una bodega, y qué puede ir agregado

La Orden cubre los movimientos de entrada, salida y las operaciones dentro del establecimiento, con las particularidades de cada impuesto. Para el vino hay una facilidad importante en la disposición adicional primera, vigente mientras el tipo sea cero: «los asientos contables relativos a las operaciones de elaboración de vino, mosto y bebidas fermentadas podrán ser objeto de suministro de forma agregada en un único asiento contable mensual».

La AEAT concreta qué entra en ese asiento mensual: las operaciones de elaboración de vino y mosto, las entradas de materias primas y las salidas con impuesto devengado por ventas al por menor de vino.

Fíjate en lo que no está en esa lista: nada de productos intermedios. La facilidad está redactada para vino, mosto y bebidas fermentadas. Para el producto encabezado, lo prudente es no dar por hecha ninguna agregación y llevar sus movimientos con el plazo general, y confirmar el criterio con la oficina gestora antes de la primera campaña.

Qué resuelve el software y qué no

SILICIE es un único sistema para todos los impuestos especiales de fabricación. La Orden HAC/998/2019 es la misma para vino, cerveza, alcohol, productos intermedios, hidrocarburos, labores del tabaco y, desde el 1 de abril de 2025, líquidos para cigarrillos electrónicos. El servicio web de la AEAT con el que presentamos asientos de líquidos de vapeo en producción es el mismo al que se conecta una bodega; lo que cambia son los códigos de producto, las unidades y las reglas de cada impuesto.

Lo que hacemos:

Conectar tu contabilidad con los servicios web de SILICIE: alta de asientos, consulta de lo que consta en Hacienda, anulación y reconciliación contra el ejercicio real, para que nunca envíes dos veces lo mismo ni des por presentado lo que fue rechazado.

Generar los asientos desde donde ya vive el dato: tu ERP, tu programa de bodega o tus hojas de cálculo, sin que nadie los teclee a mano en la sede electrónica.

Separar de raíz vino y producto intermedio en la contabilidad de existencias, con las unidades y la graduación de cada uno, y calcular la cuota de los intermedios con aritmética exacta y el redondeo que marca la norma.

Ejercer por ti, en fecha, la opción del artículo 6 y aplicar el régimen agregado del vino cuando corresponda.

Lo que no hacemos: decidir la calificación de un producto dudoso ni interpretar qué actividades debe recoger tu CAE. Eso es criterio fiscal y lo lleva tu asesor con la oficina gestora. Nosotros construimos el sistema para que, decidido el criterio, se cumpla solo.

Bodegas en la provincia de Cádiz

Trabajamos desde Chiclana de la Frontera, dentro del Marco de Jerez. Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María, Sanlúcar de Barrameda, Chipiona, Rota, Trebujena y la propia Chiclana concentran bodegas de crianza, de elaboración y de almacenado, muchas de ellas con producto encabezado, que es justo el caso donde SILICIE se complica.

Eso permite ver el proceso en la bodega antes de escribir una línea: dónde entra la uva o el mosto, dónde se encabeza, cómo se mueven las soleras entre establecimientos y desde qué sistema sale hoy la factura. El resto del trabajo es remoto y vale igual para una bodega de cualquier otra denominación en España.

Preguntas frecuentes

¿Mi bodega tiene que hacer SILICIE si el vino no paga impuesto?+

Sí. La obligación va ligada a la autorización del establecimiento, no a la cuota. Un elaborador de vino es una fábrica y las fábricas están en el artículo 2 de la Orden HAC/998/2019. La AEAT lo dice literalmente en su FAQ para elaboradores de vino. La única salida es la autorización de libros en papel para menores de 100.000 litros.

¿Qué es el CAE V1?+

Los caracteres octavo y noveno del código de actividad y establecimiento identifican la actividad. «V1» es elaborador de vino. Si tu CAE lo lleva, tu establecimiento es fábrica de vino a efectos de impuestos especiales.

¿El fino y el oloroso son vino para SILICIE?+

No. Para la Ley 38/1992 solo es vino el producto cuyo alcohol procede íntegramente de la fermentación (artículo 27). Los vinos encabezados llevan alcohol añadido, así que entran en productos intermedios (artículo 31), con un tipo de 38,48 euros por hectolitro hasta 15 % vol y de 64,13 por encima (artículo 34). Es el punto que más conviene tener claro en una bodega del Marco de Jerez.

¿Puedo llevar los libros en papel?+

Solo si eres elaborador de vino y bebidas fermentadas con una producción anual que no supere los 100.000 litros, sumando todos tus establecimientos y contando el año natural anterior, o destilador artesanal. Y hay que pedirlo: lo autoriza la oficina gestora, previa solicitud (artículo 13.1 de la Orden). No es automático.

¿Qué plazo tengo para enviar los asientos?+

El general es de 24 horas hábiles desde el movimiento (artículo 5.1). Con sistema informático propio puedes optar, antes de empezar el año, por 5 días hábiles (artículo 6). Y si no superas los 100.000 litros y llevas la contabilidad en sistema informático, la AEAT fija dos plazos al año: el último día hábil de agosto y el de diciembre.

Llevo años con CAE y nunca he presentado SILICIE. ¿Cómo salgo de esto?+

Primero, sin enviar nada todavía: hay que cuadrar el saldo inicial y reconstruir los movimientos antes de abrir el grifo de asientos, o los rechazos y descuadres se multiplican. Lo tenemos explicado paso a paso en la guía de quién está obligado. Después, el criterio de regularización es de tu asesor; el sistema para presentarlo bien y en orden lo montamos nosotros.

¿Trabajáis con bodegas?+

Trabajamos con SILICIE en producción contra la AEAT y estamos en la provincia de Cádiz, dentro del Marco de Jerez, con desplazamiento a la bodega. El motor que presenta asientos por servicio web es el mismo para cualquier impuesto especial de fabricación; lo que se adapta es el mapa de productos, unidades y reglas de tu bodega. Cuéntanos qué CAE tienes y qué productos elaboras, y te decimos con franqueza qué parte es software y qué parte es criterio fiscal.

Dinos qué CAE tiene tu bodega y qué elaboras

Con el CAE, los productos que elaboras y desde qué programa sale hoy la factura, te decimos qué asientos tendrías que estar enviando, en qué plazo, y qué parte de eso se puede automatizar contra la AEAT. Si estás en la provincia de Cádiz, lo vemos en la bodega.

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